SUBVENCIONES MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAIRA PARA PROMOVER LA MODERNIZACIÓN DIGITAL Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
Se abre el plazo de convocatoria de subvenciones destinadas a promover la modernización digital y mejora de la competitividad de las pequeñas empresas y autónomos en el ámbito local de Alcalá de Guadaira.
Estas ayudas van destinadas a incrementar la competitividad, potenciar la adquisición y desarrollo de competencias digitales y fomentar la apertura de nuevos canales de venta y distribución de productos de las empresas de Alcalá de Guadaira.
PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES: del 10 de septiembre al 25 de octubre de 2021.
CUANTÍA SUBVENCIONABLE: Se podrá subvencionar hasta un 70% del proyecto con un máximo de 3.000 euros (IVA excluido).
¿QUÉ TIPO DE INVERSIÓN SE SUBVENCIONA?
Línea 1: Actuaciones relacionadas con un proyecto de modernización de la gestión de la empresa mediante la incorporación de nuevas tecnologías en el seno de la misma, pudiendo consistir en: Adquisición o renovación de equipamiento técnico, infraestructuras y tecnología; Automatización de procesos internos para aumentar la eficiencia y productividad; Redefinición de la relación con clientes mediante nuevos canales y comercio electrónico;
En concreto, para el desarrollo de los proyectos de la Línea 1 serán subvencionables las siguientes actuaciones:
- a) En el ámbito de adquisición o renovación de equipamiento técnico, infraestructuras y tecnología, la dotación de inversiones en nuevo equipamiento informático, infraestructuras de redes y ciberseguridad, procesos de migración a cloud, actuaciones en tecnología Big Data y la Inteligencia Artificial.
- b) En el ámbito de la automatización de procesos internos para mejorar la gestión, la eficiencia y la productividad, las actuaciones dirigidas a la implantación de soluciones digitales en todos los procesos de negocio de la empresa, ya sean relacionadas con la gestión empresarial o directamente con el proceso de comercialización o Marketing Digital, tales como:
1.ª Programas de gestión, contabilidad, facturación, relaciones con clientes y proveedores, soluciones de productividad y competitividad, gestión de almacén, fidelización de clientes, automatización de ventas, u otros similares.
2.ª Terminal punto de venta (TPV), sistemas de codificación y lectura óptica de productos, implantación de etiquetas electrónicas y similares.
3.ª Sistemas de contadores de personas en las diferentes áreas del comercio, escaparates virtuales, cartelería digital u otras soluciones en el espacio de venta.
4.ª Cualquier otra solución digital que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización, o permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente.
c) En el ámbito de la redefinición de la relación con clientes mediante nuevos canales y comercio electrónico, una o varias de las siguientes actuaciones dirigidas a la implantación de una estrategia de comercialización on-line de la empresa:
1.ª Creación, programación, diseño y elaboración de contenidos de aplicaciones para móviles o sitios web con información corporativa, catálogo de productos, u otra información necesaria en este tipo de aplicaciones.
2.ª Diseño e implantación de una tienda on-line. Para el desarrollo técnico de la tienda on-line se podrán utilizar tanto plataformas open source, como plataformas «en la nube», o bien realizar un desarrollo a medida.
3.ª Adaptación del sitio web del establecimiento comercial a los dispositivos móviles.
4.ª Comunicación, publicidad y marketing en Internet, tales como enlaces patrocinados o marketing en buscadores para dar a conocer la tienda online y promocionar los productos; las acciones de posicionamiento web o campañas de email-marketing.
¿COMO SE JUSTIFICA LA INVERSIÓN REALIZADA?
La forma de justificación será la de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, que contendrá:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En dicha memoria, la persona representante legal manifestará expresamente que se ha cumplido el objeto de la subvención y que, en su caso, los bienes serán destinados al fin para el que se concedió durante el período establecido en las presentes bases reguladoras.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.
¿QUE ACTIVIDADES SE INCLUYEN?
[accordion scroll_into_view=»no»]
[accordion_toggle title=»3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.»]Agrupación 31. Fabricación de productos metálicos (excepto máquinas y material de transporte)
Agrupación 32. Construcción de maquinaria y equipo mecánico
Agrupación 33. Construcción de máquinas de oficina y ordenadores (incluida su instalación)
Agrupación 34. Construcción de maquinaria y material eléctrico
Agrupación 35. Fabricación de material electrónico (excepto ordenadores)
Agrupación 36. Construcción de vehículos automóviles y sus piezas de repuesto
Agrupación 38. Construcción de otro material de transporte
Agrupación 39. Fabricación de instrumentos de precisión, óptica y similares[/accordion_toggle]
[accordion_toggle title=»4. Otras industrias manufactureras»]Agrupación 41. Industrias de productos alimenticios y bebidas
Agrupación 42. Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco
Agrupación 43. Industria textil
Agrupación 44. Industria del cuero
Agrupación 45. Industria del calzado y vestido y otras confecciones textiles
Agrupación 46. Industrias de la madera, corcho y muebles de madera
Agrupación 47. Industria del papel y fabricación de artículos de papel; artes gráficas y edición
Agrupación 48. Industrias de transformación del caucho y materias plásticas
Agrupación 49. Otras industrias manufactureras[/accordion_toggle]
[accordion_toggle title=»5. Construcción»]Agrupación 50. Construcción[/accordion_toggle]
[accordion_toggle title=»6. Comercio, restaurantes y hospedaje, reparaciones»]Agrupación 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabacos, realizado en establecimientos
Agrupación 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes
Agrupación 66. Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos); comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos; comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos
Agrupación 67. Servicio de alimentación
Agrupación 68. Servicio de hospedaje
Agrupación 69. Reparaciones[/accordion_toggle]
[accordion_toggle title=»7. Transportes y comunicaciones»]Agrupación 75. Actividades anexas a los transportes
Agrupación 76. Telecomunicaciones[/accordion_toggle]
[accordion_toggle title=»9. Otros servicios»]Agrupación 93. Educación e investigación
Agrupación 94. Sanidad y servicios veterinarios
Agrupación 95. Asistencia y servicios Sociales
Agrupación 96. Servicios recreativos y culturales
Agrupación 97. Servicios personales
Agrupación 99. Servicios no clasificados en otras rúbricas[/accordion_toggle]
[/accordion]
MÁS INFORMACIÓN Y SOLICITUDES:
Anexo I. Listado de epígrafes IAE admitidos para la obtención de las subvenciones.
Anexo II. Solicitud de subvenciones.
Anexo III. Solicitud de abono anticipado (Línea 2 y 3).
Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, convocatoria.
Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, Bases Reguladoras.
Certificado Pleno.