OBJETO DE LA SUBVENCIÓN: El objeto de la Línea 1 es estabilizar y fortalecer el empleo a través de las iniciativas de trabajo autónomo, mediante subvenciones al inicio de actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas que son beneficiarias de la cuota reducida del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, de acuerdo con los apartados 1, 2 y 4 del artículo 31, y en los apartados 1 y 2 del artículo 32 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, distinguiendo, para esta convocatoria, los colectivos de personas indicados en las siguientes medidas:
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años.
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos menores de 30 años.
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más.
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos de 30 años o más.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN:
Medidas subvencionables | IMPORTES SUVBENCION |
Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años. | 5.000 euros |
Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años. | 5.000 euros |
Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más | 3.800 euros |
Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más. | 3.800 euros |
REQUISITOS:
- Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente orden las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
- Que en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda sean beneficiarias de la cuota reducida del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, regulada en los apartados 1, 2 y 4 del artículo 31 y en los apartados 1 y 2 del artículo 32 , de la Ley 20/2007, de 11 de julio, y la mantengan, a esa fecha, con una antigüedad de entre uno a tres meses.
PLAZO DE LA SOLICITUD: 28/05/2022 00:00 horas – 30/09/2022 23:59 Horas
NORMATIVA:
BASES REGULADORAS: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2019/124/1
CONVOCATORIA: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/100/BOJA22-100-00012-8656-01_00261948.pdf
RESOLUCIÓN: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/100/BOJA22-100-00004-8655-01_00261945.pdf